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Género: Poesía
Premio: 9.000 €, edición y 40 ejemplares
Abierto a: sin restricciones
Entidad convocante: Diputación de Córdoba
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 17:07:2023
BASES
Plazo – Inicio: 20 de marzo 2023 – Cierre: 17 de julio 2023
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL XXIII PREMIO DE POESÍA VICENTE NÚÑEZ
La Diputación de Córdoba, en ejecución del Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación de Córdoba 2020-2023, a través de su Delegación de Cultura, convoca el XXIII Premio de Poesía Vicente Núñez, contribuyendo a conseguir el Objetivo de Desarrollo Sostenible 11.4 de los incorporados en la Agenda 2030 de Naciones Unidas.
1. PARTICIPANTES
Podrán presentarse a este concurso escritores y escitoras, de cualquier edad y nacionalidad, que presenten obras inéditas, escritas en lengua castellana que no hayan sido premiadas en otros certámenes o hayan obtenido este premio en ediciones anteriores. Cada poeta solo podrá presentar una obra.
2. REQUISITOS
Los originales deberán tener una extensión mínima de 700 versos, de temática libre. Se presentarán sin firma, bajo lema o seudónimo escrito en la cabecera de la portada junto con el título de la obra presentada.
3. DOCUMENTACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA OBRA
Las personas que opten al XXIII Premio de poesía Vicente Núñez tendrán que aportar la documentación y seguir las instrucciones que se detallan a continuación:
DOCUMENTACIÓN:
-Solicitud (formulario electrónico), dirigida al Presidente de la Diputación de Córdoba, según modelo que se adjunta en las presentes bases (Anexo I) que incluye declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003 de noviembre, General de Subvenciones, de conformidad con el artículo 26 del Reglamento de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
-Fotocopia del DNI, o, en su caso, del Pasaporte.
-Breve currículum vitae.
-Obra a presentar al Premio con las indicaciones reflejadas en estas Bases.
PRESENTACIÓN DE LA OBRA:
Podrá realizarse por distintos procedimientos (con y sin certificado de firma digital).
1. Para las personas que dispongan de certificado de firma digital.
La solicitud de participación junto al resto de la documentación especificada anteriormente se presentará en el Registro Electrónico de la Diputación Provincial de Córdoba.
El acceso a la tramitación electrónica estará disponible desde la sede electrónica, en la dirección www.dipucordoba.es/tramites y se realizarán a través del formulario electrónico habilitado al efecto, que contendrá la misma información que figurará en la solicitud (Anexo I) de la convocatoria. El modelo será cumplimentado de acuerdo con las instrucciones y controles establecidos por la aplicación informática. El Registro Electrónico proporcionará documento de acuse de recibo de la transacción realizada en los términos que refleja el artículo 6º del Reglamento citado.
Las obras se presentarán en formato PDF inferior a 5 MB.
2. Para las personas que no dispongan de certificado de firma digital.
Deberán cumplimentar la solicitud (formulario electrónico) dirigida al Presidente de la Diputación de Córdoba, según modelo que se adjunta en las presentes bases (Anexo I). Una vez cumplimentada deberán imprimirla siguiendo las instrucciones que el propio formulario facilita.
La remisión de la obra se llevará a cabo en un sobre que contendrá a su vez otros dos sobres. En el primero de ellos (sobre 1) se hará constar en su exterior la leyenda XXIII Premio de Poesía Vicente Núñez, así como el título de la obra y el lema o seudónimo, incluyéndose en su interior el pendrive con la obra en los términos señalados en la Base 2.
En el segundo de los sobres (sobre 2) se hará constar en su exterior la leyenda XXIII Premio de Poesía Vicente Núñez, así como el título de la obra, bajo lema o seudónimo y la mención Datos personales, incluyéndose en su interior toda la documentación especificada en la base tercera.
Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón s/n), de lunes a viernes en horario de 8:30 a 14:00 horas. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo. Si, conforme a dicho precepto, se presentara a través de las Oficinas de Correos, deberá aparecer el sello de certificado en el sobre exterior y en la propia solicitud. En caso de optar por presentar la solicitud en registro distinto al General de Diputación de Córdoba o a través de Correos, se deberá informar a la Delegación de Cultura de la Diputación, por correo electrónico a la dirección cultura@dipucordoba.es, con el Asunto XXIII Premio de Poesía Vicente Núñez adjuntando copia de la solicitud. La ausencia de dicho requisito implicará la exclusión del solicitante.
Dirección para el envío por correo postal: Diputación Provincial de Córdoba. Plaza de Colón s/n. CP 14071. Córdoba (España).
4. PLAZO DE PRESENTACIÓN
El plazo de presentación se iniciará al día siguiente de la publicación de estas bases en el (BOP) Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y finalizará cuatro meses después. No serán admitidas las obras que se reciban fuera de plazo.
Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará en el Tablón de Edictos de la Diputación de Córdoba, relación de trabajos presentados.
5. PREMIO
Se establece un premio de NUEVE MIL EUROS (9.000,00 €), cantidad que se imputará a la aplicación 293.3341.48101 del presupuesto para el ejercicio 2023. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle.
Los derechos de autor/a de la obra ganadora quedarán en propiedad de la Diputación de Córdoba durante un año, como así constará en el contrato que se suscriba entre la persona galardonada y la editorial que publique la obra. La edición de la obra premiada se realizará durante el ejercicio de 2024. El autor o autora recibirá, junto con la dotación económica mencionada, 40 ejemplares de la misma.
6. COMISIÓN DE LECTURA Y JURADO
Las obras seleccionadas por la Comisión de lectura, nombrada por la Diputada de Cultura, y formada por destacadas personalidades seleccionadas por su prestigio en el ámbito de la poesía, la cultura y la literatura, serán propuestas al Jurado para el fallo del Premio.
El Jurado, designado por la Diputada de Cultura, estará formado por destacadas personalidades seleccionadas por su prestigio en el ámbito de la poesía, la cultura y la literatura. Actuará como Secretaria con voz, pero sin voto, la jefa del Departamento de Cultura de la Diputación de Córdoba.
El Jurado emitirá su fallo, inapelable, antes de que finalice 2023. Si las obras presentadas no alcanzaran la calidad necesaria, el premio sería declarado desierto.
El fallo del Jurado se comunicará al ganador/a personalmente y será publicado en la web de la Delegación de Cultura, y la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
7. ACEPTACIÓN
La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.
8. RESOLUCIÓN
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, computado a partir de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.
El vencimiento del plazo máximo sin haberse notificado la resolución, legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
9. OBRAS NO PREMIADAS
Los originales no premiados no serán devueltos y se destruirán a los 10 días del fallo del premio.www.escritores.org
10. INCUMPLIMIENTO
Si con posterioridad a la concesión del premio se tuviese conocimiento de anomalía o incumplimiento de las bases, procederá su revocación por parte de la Diputación Provincial de Córdoba, previa consulta con el Jurado, siendo no obstante obligación inexcusable del beneficiario/a del Premio para poder percibirlo encontrarse al corriente de sus obligaciones.
11. NORMATIVA
Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba.
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto del Delegado de Área de Presidencia, Asistencia Económica a los Municipios y Mancomunidades y Protección Civil (Decreto de Delegaciones de la Presidencia, de 12 de febrero de 2022).
Para lo no previsto en las Bases de la Convocatoria serán de aplicación:
-La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-El Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley General de Subvenciones.
-La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
-La Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
-Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
-Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación Provincial de Córdoba 2023.
-Ordenanza reguladora de la actividad subvencional. Criterios de graduación u potestad sancionadora en la materia, de la Diputación Provincial de Córdoba, publicada en el BOP nº 29, de 22 de febrero de 2020.
Fuente y Anexo: cultura.dipucordoba.es/premios-literarios-2023/